13. Una de las funciones primordiales del Estado consiste
en garantizar a sus ciudadanos el goce de los derechos civiles,
culturales, económicos, políticos y sociales. La democracia
va así unida a un gobierno eficaz, honrado y transparente,
elegido libremente y responsable de su gestión.
14. Ser responsable ante los ciudadanos, elemento primordial
de la democracia, se aplica a todas las autoridades públicas,
elegidas o no, y a todos sus órganos sin excepción. Esa responsabilidad
se manifiesta por el derecho del público a estar informado
de las actividades del gobierno, a dirigirle peticiones y
a buscar reparación por intermedio de mecanismos administrativos
y judiciales imparciales.
15. La vida pública en su conjunto debe estar marcada por
una sensación de ética y transparencia, motivo por el cual
se deben elaborar y aplicar las normas y los procedimientos
correspondientes.
16. La participación individual en los procesos democráticos
y en la vida pública en todos los niveles debe estar reglamentada
de modo equitativo e imparcial, evitando toda discriminación
y el riesgo de intimidación por parte de responsables estatales
y no estatales.
17. Las instituciones judiciales y los mecanismos de control
independientes, imparciales y eficaces son la garantía del
estado de derecho, fundamento de la democracia. Para que esas
instituciones y mecanismos puedan cuidar plenamente del respeto
de las normas, mejorar la equidad de los procedimientos y
reparar las injusticias, es preciso que todas las personas
tengan acceso a recursos administrativos y judiciales sobre
la base de la igualdad y del respeto a las decisiones administrativas
y judiciales por parte de los órganos estatales, los representantes
del poder público y cada miembro de la sociedad.
18. Si bien la existencia de una sociedad civil activa es
un elemento primordial de la democracia, la capacidad y la
voluntad de las personas de participar en los procesos democráticos
y de elegir las modalidades de gobierno no pueden darse por
sentadas. Por ello es necesario establecer condiciones que
lleven al ejercicio auténtico de los derechos de participación,
eliminando a la vez los obstáculos que eviten, obstaculicen
o inhiban dicho ejercicio. Por consiguiente, es indispensable
fomentar permanentemente y de modo particular la igualdad,
la transparencia y la educación, y eliminar obstáculos tales
como la ignorancia, la intolerancia, la apatía, la falta de
opciones y alternativas auténticas, y la ausencia de medidas
destinadas a corregir los desequilibrios o la discriminación
de carácter social, cultural, religioso y racial, o basada
en el sexo.
19. Para que el estado de democracia sea duradero se necesita
un clima y una cultura democráticos nutridos constantemente
y reforzados por la educación y por otros medios culturales
y de información. Por ello, una sociedad democrática debe
comprometerse en beneficio de la educación en el sentido más
amplio del término, y en particular de la educación cívica
y la formación de una ciudadanía responsable.
20. Los procesos democráticos se ven impulsados por un entorno
económico favorable; por consiguiente, en su esfuerzo general
de desarrollo, la sociedad debe comprometerse a satisfacer
las necesidades económicas fundamentales de los más desfavorecidos,
logrando así su plena integración en el proceso democrático.
21. El estado de democracia supone la libertad de opinión
y de expresión, lo que implica el derecho a expresar opiniones
sin interferencia y a buscar, recibir e impartir información
e ideas por cualquier medio informativo y sin consideración
de fronteras.
22. En las sociedades tanto homogéneas como heterogéneas,
las - Instituciones y los procesos de la democracia deben
favorecer la participación popular para proteger la diversidad,
el pluralismo y el derecho a ser diferente en un clima de
tolerancia.
23. Las instituciones y los procesos democráticos deben impulsar
también la descentralización del gobierno y la administración,
que es tanto un derecho como una necesidad, y que permite
ampliar la base de la participación pública.
DIMENSIÓN INTERNACIONAL DE LA DEMOCRACIA
24. La democracia debe ser también reconocida como un principio
internacional, aplicable a las organizaciones internacionales
y a los Estados en sus relaciones internacionales. El principio
de la democracia internacional no significa sólo la representación
igual o equitativa de los Estados; se extiende también a sus
derechos y deberes económicos.
25. Los principios de la democracia deben aplicarse a la gestión
internacional de los problemas de interés mundial y del patrimonio
común de la humanidad, en particular el medio ambiente humano.
26. En interés de la democracia internacional, los Estados
deben cuidar de que su conducta se ajuste al derecho internacional,
abstenerse del recurso a la amenaza o el empleo de la fuerza
y de cualquier conducta que ponga en peligro o viole la soberanía
y la integridad políticas y territoriales de otros Estados,
adoptando las medidas necesarias para resolver sus diferencias
por medios pacíficos.
27. Una democracia debe defender los principios democráticos
en las relaciones internacionales. En ese sentido, las democracias
deben abstenerse de toda conducta no democrática, expresar
su solidaridad con los gobiernos democráticos y los actores
no estatales, como son las organizaciones no gubernamentales
que trabajan en favor de la democracia y los derechos humanos,
y extender su solidaridad a todas las víctimas de violaciones
de los derechos humanos en manos de regímenes no democráticos.
Con objeto de fortalecer la justicia penal internacional,
las democracias deben rechazar la impunidad por los crímenes
internacionales y las violaciones graves de los derechos humanos
fundamentales y apoyar la creación de un tribunal criminal
internacional permanente.
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