DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE LA DEMOCRACIA
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13. Una de las funciones primordiales del Estado consiste en garantizar a sus ciudadanos el goce de los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. La democracia va así unida a un gobierno eficaz, honrado y transparente, elegido libremente y responsable de su gestión.

14. Ser responsable ante los ciudadanos, elemento primordial de la democracia, se aplica a todas las autoridades públicas, elegidas o no, y a todos sus órganos sin excepción. Esa responsabilidad se manifiesta por el derecho del público a estar informado de las actividades del gobierno, a dirigirle peticiones y a buscar reparación por intermedio de mecanismos administrativos y judiciales imparciales.

15. La vida pública en su conjunto debe estar marcada por una sensación de ética y transparencia, motivo por el cual se deben elaborar y aplicar las normas y los procedimientos correspondientes.

16. La participación individual en los procesos democráticos y en la vida pública en todos los niveles debe estar reglamentada de modo equitativo e imparcial, evitando toda discriminación y el riesgo de intimidación por parte de responsables estatales y no estatales.

17. Las instituciones judiciales y los mecanismos de control independientes, imparciales y eficaces son la garantía del estado de derecho, fundamento de la democracia. Para que esas instituciones y mecanismos puedan cuidar plenamente del respeto de las normas, mejorar la equidad de los procedimientos y reparar las injusticias, es preciso que todas las personas tengan acceso a recursos administrativos y judiciales sobre la base de la igualdad y del respeto a las decisiones administrativas y judiciales por parte de los órganos estatales, los representantes del poder público y cada miembro de la sociedad.

18. Si bien la existencia de una sociedad civil activa es un elemento primordial de la democracia, la capacidad y la voluntad de las personas de participar en los procesos democráticos y de elegir las modalidades de gobierno no pueden darse por sentadas. Por ello es necesario establecer condiciones que lleven al ejercicio auténtico de los derechos de participación, eliminando a la vez los obstáculos que eviten, obstaculicen o inhiban dicho ejercicio. Por consiguiente, es indispensable fomentar permanentemente y de modo particular la igualdad, la transparencia y la educación, y eliminar obstáculos tales como la ignorancia, la intolerancia, la apatía, la falta de opciones y alternativas auténticas, y la ausencia de medidas destinadas a corregir los desequilibrios o la discriminación de carácter social, cultural, religioso y racial, o basada en el sexo.

19. Para que el estado de democracia sea duradero se necesita un clima y una cultura democráticos nutridos constantemente y reforzados por la educación y por otros medios culturales y de información. Por ello, una sociedad democrática debe comprometerse en beneficio de la educación en el sentido más amplio del término, y en particular de la educación cívica y la formación de una ciudadanía responsable.

20. Los procesos democráticos se ven impulsados por un entorno económico favorable; por consiguiente, en su esfuerzo general de desarrollo, la sociedad debe comprometerse a satisfacer las necesidades económicas fundamentales de los más desfavorecidos, logrando así su plena integración en el proceso democrático.

21. El estado de democracia supone la libertad de opinión y de expresión, lo que implica el derecho a expresar opiniones sin interferencia y a buscar, recibir e impartir información e ideas por cualquier medio informativo y sin consideración de fronteras.

22. En las sociedades tanto homogéneas como heterogéneas, las - Instituciones y los procesos de la democracia deben favorecer la participación popular para proteger la diversidad, el pluralismo y el derecho a ser diferente en un clima de tolerancia.

23. Las instituciones y los procesos democráticos deben impulsar también la descentralización del gobierno y la administración, que es tanto un derecho como una necesidad, y que permite ampliar la base de la participación pública.

DIMENSIÓN INTERNACIONAL DE LA DEMOCRACIA

24. La democracia debe ser también reconocida como un principio internacional, aplicable a las organizaciones internacionales y a los Estados en sus relaciones internacionales. El principio de la democracia internacional no significa sólo la representación igual o equitativa de los Estados; se extiende también a sus derechos y deberes económicos.

25. Los principios de la democracia deben aplicarse a la gestión internacional de los problemas de interés mundial y del patrimonio común de la humanidad, en particular el medio ambiente humano.

26. En interés de la democracia internacional, los Estados deben cuidar de que su conducta se ajuste al derecho internacional, abstenerse del recurso a la amenaza o el empleo de la fuerza y de cualquier conducta que ponga en peligro o viole la soberanía y la integridad políticas y territoriales de otros Estados, adoptando las medidas necesarias para resolver sus diferencias por medios pacíficos.

27. Una democracia debe defender los principios democráticos en las relaciones internacionales. En ese sentido, las democracias deben abstenerse de toda conducta no democrática, expresar su solidaridad con los gobiernos democráticos y los actores no estatales, como son las organizaciones no gubernamentales que trabajan en favor de la democracia y los derechos humanos, y extender su solidaridad a todas las víctimas de violaciones de los derechos humanos en manos de regímenes no democráticos. Con objeto de fortalecer la justicia penal internacional, las democracias deben rechazar la impunidad por los crímenes internacionales y las violaciones graves de los derechos humanos fundamentales y apoyar la creación de un tribunal criminal internacional permanente.

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